Las leyes 1564 de 2012 y 1098 de 2006 regulan el proceso de demanda de alimentos. Estas leyes establecen los requisitos y procedimientos para solicitar la fijación de una cuota alimentaria para un hijo menor de edad o un cónyuge.
El modelo de demanda de alimentos en Word que incluimos en este post relaciona varios puntos importantes para este tipo de formato, esencialmente que cumple con la jurisprudencia que dictan las siguientes leyes: ley 1564 de 2012 y ley 1098 de 2006.
Aparte del formato de Demanda de alimentos, ley 1564 de 2012 y ley 1098 de 2006 en Word, también incluimos conocimiento relevante para el proceso de alimentos.
Que dice ley 1564 de 2012 y ley 1098 de 2006 del Código de Infancia y Adolescencia
Ley 1564 de 2012 C.I.A.
La Ley 1564 de 2012 no modifica directamente el Código de la Infancia y la Adolescencia (Ley 1098 de 2006), sino que se concentra en regular los procesos judiciales en Colombia, incluyendo aquellos relacionados con la infancia y la adolescencia.
Sin embargo, la Ley 1564 sí tiene algunas implicaciones para el Código de la Infancia y la Adolescencia, como:
- Establece las reglas para los procesos judiciales de restablecimiento de derechos de los niños, niñas y adolescentes.
- Define las competencias de las diferentes autoridades que intervienen en estos procesos.
- Regula los mecanismos de participación de los niños, niñas y adolescentes en los procesos judiciales.
En general, la Ley 1564 de 2012 busca garantizar que los procesos judiciales relacionados con la infancia y la adolescencia sean eficientes, justos y garanticen los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
Algunos puntos específicos de la Ley 1564 de 2012 que son relevantes para el Código de la Infancia y la Adolescencia:
- Artículo 10: Define el proceso de restablecimiento de derechos como el conjunto de actuaciones administrativas y judiciales tendientes a garantizar el ejercicio de los derechos de los niños, niñas y adolescentes amenazados o vulnerados.
- Artículo 11: Establece las competencias de las diferentes autoridades que intervienen en los procesos de restablecimiento de derechos, como el Defensor de Familia, el Comisario de Familia y el Juez de Familia.
- Artículo 12: Regula los mecanismos de participación de los niños, niñas y adolescentes en los procesos judiciales, como el derecho a ser escuchados y a ser informados sobre el proceso.
Por otro lado, La Ley 1098 de 2006
Ley 1098 de 2006 C.I.A.
La Ley 1098 de 2006, tiene como objetivo garantizar la protección integral de los niños, niñas y adolescentes en Colombia.
Algunos de los puntos clave de la Ley 1098 de 2006 son:
- Define a los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos. Esto significa que tienen derecho a la vida, a la salud, a la educación, a la participación, a la libre expresión, entre otros.
- Establece el principio del interés superior del niño. Este principio significa que todas las decisiones que se tomen sobre los niños, niñas y adolescentes deben tener en cuenta su bienestar como principal consideración.
- Crea el Sistema Nacional de Bienestar Familiar (SNBF). El SNBF es un conjunto de entidades públicas y privadas que trabajan juntas para garantizar la protección integral de los niños, niñas y adolescentes.
- Regula los diferentes tipos de familias. La ley reconoce que no existe un único tipo de familia y que todas las familias son válidas, siempre que brinden un ambiente de amor y protección a los niños, niñas y adolescentes.
- Establece medidas de protección para los niños, niñas y adolescentes que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad. Estas medidas pueden incluir la adopción, el acogimiento familiar y la restitución de derechos.
Requisitos para presentar una demanda de alimentos:
- Legitimación activa: La persona que puede presentar la demanda es el padre o la madre del hijo menor de edad, el cónyuge o la pareja permanente.
- Capacidad para ser demandado: El demandado puede ser el padre o la madre del hijo menor de edad, el cónyuge o la pareja permanente que no está proporcionando la cuota alimentaria.
- Existencia de una obligación alimentaria: La obligación alimentaria se deriva de la relación paterno-filial o del matrimonio.
Procedimiento:
- Presentación de la demanda: La demanda se debe presentar ante un juez de familia o un juez civil municipal.
- Admisión de la demanda: El juez admite la demanda y ordena la notificación al demandado.
- Audiencia de conciliación: Se lleva a cabo una audiencia de conciliación para intentar que las partes lleguen a un acuerdo sobre la cuota alimentaria.
- Sentencia: Si no se llega a un acuerdo en la audiencia de conciliación, el juez profiere una sentencia fijando la cuota alimentaria.
Ejemplo de Demanda de alimentos, ley 1564 de 2012 y ley 1098 de 2006 Código de Infancia y Adolescencia
Señor JUEZ DE FAMILIA (REPARTO)
E.S.D.
REFERENCIA: DEMANDA DE ALIMENTOS
DEMANDANTE: [Nombre del Demandante]
DEMANDADO: [Nombre del Demandado]
Yo, [Nombre del Abogado], mayor de edad, vecino de esta ciudad, abogado en ejercicio con Tarjeta Profesional Nº [Número de Tarjeta], emitida por el Consejo Superior de la Judicatura, actuando en nombre y representación de [Nombre del Poderdante], igualmente mayor de edad y vecino de esta localidad, identificado con Cédula de Ciudadanía Nº [Número de Cédula], presento respetuosamente demanda de alimentos contra [Nombre del Demandado], quien es mayor de edad y vecino de esta ciudad, para el sostenimiento de sus hijos menores [Nombres de los Menores], de [Edades de los Menores] años de edad respectivamente, basándome en los siguientes:
HECHOS:
- Mi poderdante contrajo matrimonio con el Sr. [Nombre del Cónyuge], el día [Fecha del Matrimonio] por los ritos católicos/civil, o alternativamente, convivió maritalmente con el demandado durante [Número de Años] años.
- De dicha unión nacieron los menores [Nombres de los Menores], de [Edades de los Menores] años respectivamente, como consta en los registros civiles de nacimiento adjuntos.
- Desde hace [Tiempo Transcurrido], el demandado abandonó el hogar y, por consiguiente, ha incumplido sin justa causa su obligación legal y moral de proveer sustento a sus hijos menores, además del afecto y atención que merecen.
- La parte actora no cuenta con los medios económicos necesarios para cubrir las necesidades básicas de los menores, situación que se agrava al encontrarse desempleada y trabajando en oficios varios (indicar si paga arriendo y el monto del mismo).
- El demandado, Sr./Sra. [Nombre del Demandado], está empleado en la empresa [Nombre de la Empresa], donde ocupa el cargo de [Cargo] y percibe un salario mensual de $[Monto del Salario], o bien, se dedica al comercio en el área de [Tipo de Comercio] (indicar una actividad comprobable).
PRETENSIONES
A la luz de los hechos expuestos, respetuosamente solicito a su despacho lo siguiente:
- Determinar en sentencia ejecutoria, los alimentos definitivos que el demandado debe proveer a sus hijos [Nombres de los Menores], por un monto mínimo de $[Cantidad] (COP) mensuales. Esta suma deberá ser abonada anticipadamente dentro de los primeros cinco (5) días de cada mes, y se incrementará anualmente según el aumento del salario mínimo legal vigente o del Índice de Precios al Consumidor (I.P.C.).
- Establecer, adicionalmente, una mesada en los meses de julio y diciembre por un valor equivalente a $[Cantidad] (COP) destinada a la adquisición de cuatro (4) mudas de ropa para los menores, cantidad que se ajustará anualmente en proporción al incremento del salario mínimo legal vigente.
- Cubrir el 50% de los gastos educativos, incluyendo matrículas, pensiones y uniformes.
- Responsabilizar al demandado por el 50% de los gastos médicos y odontológicos de los menores.
- Ordenar el embargo y retención del 50% de las prestaciones sociales que el demandado posee en su lugar de trabajo [Nombre de la Empresa].
- Decretar el embargo y secuestro del bien inmueble de propiedad del demandado, según lo estipulado en el Art. 129 inciso 5º de la Ley 1098/06, especificando la clase de bien con su respectiva matrícula inmobiliaria y registro catastral.
- Prohibir la salida del país del demandado, hasta que asegure el cumplimiento de la obligación alimentaria, comunicándose con la autoridad correspondiente para tal efecto.
- Condenar al demandado al pago de las costas y gastos procesales derivados de este proceso.
- Solicitar la intervención del defensor de menores en lo concerniente a sus funciones.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Invoco como sustento legal el Artículo 44 de la Constitución Política, Artículo 411 del Código Civil, los Artículos 1º, 2º, 24, 111 numeral 5º, 129 de la Ley 1098/06 (Código de la Infancia y la Adolescencia), los Artículos 133 a 159 del Decreto 2737 de 1989 (vigente hasta el 31 de Diciembre de 2013), dado que a partir de enero de 2014 entra en vigor la Ley 1564 de 2012 (Código General del Proceso), y la Ley 75 de 1968.
PROCEDIMIENTO
Se estima que el procedimiento aplicable es el especial, conforme a lo establecido en los Artículos 133 a 159 del Decreto 2737 de 1989, por mandato del Artículo 111 numeral 5º de la Ley 1098/06, en armonía con el Artículo 129 y subsiguientes de la misma ley, la Ley 75 de 1968, y en lo pertinente con los Artículos 448 y 435 del Código de Procedimiento Civil, así como las normas correspondientes de la Ley 1564 de 2012, Artículo 397 Parágrafo 2º y demás aplicables al caso.
COMPETENCIA
Por la naturaleza del proceso y la vecindad de las partes, en especial por la residencia o domicilio del menor, corresponde a su competencia, Señor Juez, el conocimiento de este proceso. Esto se fundamenta en los Artículos 133 a 159 del Decreto 2737 de 1989, por mandato del Artículo 111 numeral 5º de la Ley 1098/06, en concordancia con el Artículo 129 y subsiguientes de la misma, y el Artículo 21 numeral 7º del Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012).
Nota: En materia de competencia alimentaria según el C.G.P., desde enero de 2014, los Jueces Civiles y Promiscuos Municipales son competentes, según lo dispone el Artículo 17 numeral 7º de la Ley 1564 de 2012.
ALIMENTOS PROVISIONALES
De conformidad con lo preceptuado por el Artículo 417 del Código Civil y el Artículo 129 de la Ley 1098/2006, en concordancia con el Artículo 397 del C.G.P., solicito al Señor Juez que, mientras se adelantan los trámites procesales para determinar la obligación alimentaria y su monto definitivo, se establezca a cargo del demandado una cuota mensual provisional de $[Cantidad] (COP), demostrando así el vínculo que origina la obligación alimentaria. Para evidenciar la solvencia económica del demandado, se adjuntan las siguientes pruebas:
- [Detalle de la Prueba 1]
- [Detalle de la Prueba 2]
Alternativamente, me acojo a lo dispuesto en el inciso 2º del Artículo 129 de la Ley 1098/06.
PRUEBAS
De manera comedida, solicito al Señor Juez que, además de otorgar valor probatorio a los documentos ya relacionados, decrete la práctica de las siguientes pruebas durante el trámite del proceso:
a) TESTIMONIALES: Ruego se cite y se reciba declaración a los testigos [Nombre del Testigo 1], con dirección en [Dirección del Testigo 1], y [Nombre del Testigo 2], con dirección en [Dirección del Testigo 2].
b) DOCUMENTAL: Se oficie al pagador o Jefe de Personal de la empresa [Nombre de la Empresa] para que certifique el monto de los salarios y las cesantías que actualmente tiene a su favor el demandado.
c) PRUEBAS DE OFICIO: Se solicitan las demás pruebas que el Señor Juez considere pertinentes para garantizar los derechos fundamentales de los menores en cuanto a sus alimentos.
NOTIFICACIONES
- Al demandado en: [Dirección del Demandado].
- Al demandante en: [Dirección del Demandante].
- Al apoderado en: [Dirección del Apoderado].
ANEXOS DE LA DEMANDA
Adjunto a esta demanda los siguientes documentos:
a) Poder debidamente otorgado para actuar en representación. b) Registros civiles de nacimiento de los menores [Nombres de los Menores]. c) [Documento Adicional 1]. d) [Documento Adicional 2].
Atentamente,
[Nombre del Abogado]
CC.No. [Número de Cédula] de [Lugar de Expedición].
T.P No [Número de Tarjeta Profesional] del C.S. de la J.