Un memorial para adjuntar liquidación es un documento que se presenta ante un juez o una autoridad competente para solicitar la aprobación de una liquidación de crédito, de pensiones, de impuestos o de cualquier otro concepto que se haya generado en un proceso judicial o administrativo. La liquidación es el cálculo del monto total que se debe pagar o cobrar, incluyendo los intereses, las multas, los costos y las actualizaciones que correspondan.
El memorial para adjuntar liquidación es un requisito indispensable para poder ejecutar el pago o el cobro de la deuda, ya que sin la aprobación de la liquidación no se puede expedir el título ejecutivo que respalda la obligación. Por eso, es importante que el memorial sea claro, preciso y completo, y que contenga todos los elementos necesarios para que el juez o la autoridad pueda verificar la veracidad y la legalidad de la liquidación.
Qué es el memorial para adjuntar liquidación
El memorial para adjuntar liquidación es un tipo de escrito que tiene como finalidad adjuntar la liquidación de crédito o de cualquier otro concepto que se haya generado en un proceso judicial o administrativo, y solicitar su aprobación por parte del juez o la autoridad competente. El memorial debe cumplir con los requisitos formales y sustanciales que establece la ley, según el tipo de proceso y la materia de que se trate.
El memorial para adjuntar liquidación debe contener, como mínimo, los siguientes datos:
- La identificación del juez o la autoridad a quien se dirige el memorial.
- La referencia del proceso al que corresponde la liquidación, con el número de radicado, el tipo de proceso, las partes involucradas y el estado actual del mismo.
- La identificación del solicitante, con su nombre, documento de identidad, calidad en el proceso y datos de contacto.
- El objeto del memorial, que es adjuntar la liquidación y solicitar su aprobación.
- La liquidación propiamente dicha, con el detalle de los conceptos, los valores, las fechas, las tasas, las fórmulas y los soportes que se hayan utilizado para su elaboración.
- El fundamento jurídico del memorial, con la cita de las normas legales que respaldan la liquidación y el derecho al pago o al cobro de la misma.
- La petición concreta, que es que se apruebe la liquidación y se expida el título ejecutivo correspondiente.
- La firma del solicitante o de su apoderado, con la indicación de su número de tarjeta profesional, si es el caso.
✅ Para ver después: Formato de Memorial para Solicitar Copias con Mérito Ejecutivo.
Consejos para redactar un memorial para adjuntar liquidación
Para redactar un memorial para adjuntar liquidación de forma correcta y efectiva, se recomienda seguir los siguientes consejos:
- Usar un lenguaje claro, sencillo y respetuoso, evitando los tecnicismos innecesarios y las faltas de ortografía.
- Ser breve y conciso, sin omitir ningún dato relevante ni repetir información innecesaria.
- Seguir un orden lógico y coherente, presentando los datos de forma cronológica y siguiendo la estructura del memorial.
- Adjuntar la liquidación en un anexo, con el debido soporte documental, y hacer referencia a ella en el cuerpo del memorial.
- Citar las fuentes legales que sustentan la liquidación y el derecho al pago o al cobro, y adjuntar las copias de las normas pertinentes, si es necesario.
- Revisar el memorial antes de presentarlo, verificando que no haya errores de cálculo, de redacción o de forma, y que se cumplan todos los requisitos exigidos por la ley.
Ejemplo de escrito de memorial para adjuntar liquidación
Señor Juez Civil Municipal de Bogotá
Referencia: Proceso ejecutivo de menor cuantía No. 123456
Demandante: Juan Pérez
Demandado: Pedro Gómez
Juan Pérez, mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía No. 12345678 de Bogotá, actuando en calidad de demandante dentro del proceso de la referencia, respetuosamente me dirijo a usted para:
ADJUNTAR LIQUIDACIÓN DE CRÉDITO Y SOLICITAR SU APROBACIÓN
En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 488 del Código General del Proceso, adjunto a este memorial la liquidación de crédito que se ha generado a favor del demandante y en contra del demandado, por concepto de capital, intereses moratorios, costas y agencias en derecho, con corte al 31 de diciembre de 2023.
La liquidación de crédito se ha elaborado con base en los siguientes datos y criterios:
- El capital adeudado por el demandado asciende a $10.000.000, según el pagaré No. 123, suscrito el 1 de enero de 2020, que obra como título ejecutivo dentro del proceso.
- Los intereses moratorios se han calculado a la tasa máxima legal vigente, que para el año 2020 fue del 28,98%, para el año 2021 fue del 26,76%, para el año 2022 fue del 24,12% y para el año 2023 fue del 22,34%, según las certificaciones expedidas por la Superintendencia Financiera de Colombia, que se adjuntan como soporte.
- Las costas y agencias en derecho se han estimado en un 10% del valor del crédito, conforme al artículo 393 del Código General del Proceso.
- La fórmula utilizada para la liquidación de crédito es la siguiente:
Valor del crédito = Capital + Intereses moratorios + Costas y agencias en derecho
- El resultado de la liquidación de crédito es el siguiente:
Valor del crédito = $10.000.000 + $8.540.000 + $1.854.000 = $20.394.000
El fundamento jurídico del presente memorial se encuentra en los artículos 488, 489 y 490 del Código General del Proceso, que regulan la liquidación de crédito en los procesos ejecutivos, y en el artículo 884 del Código de Comercio, que establece la tasa de interés moratorio para las obligaciones mercantiles.
Por lo expuesto, solicito respetuosamente a su despacho que se sirva aprobar la liquidación de crédito que se adjunta, y en consecuencia, expedir el mandamiento de pago correspondiente, con el fin de dar inicio al proceso ejecutivo en contra del demandado.
Atentamente,
Juan Pérez
C.C. No. 12345678 de Bogotá
Demandante