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Contrato de compraventa de vehículo automotor con reserva de dominio

Modelo de contrato de compraventa de vehículo automotor (Moto o Carro)

    El modelo de escrito; es una minuta modelo de contrato de compraventa de vehículo automotor con reserva de dominio, ejemplo útil, para redactar documento de compromiso de compra y venta de cualquier tipo de automotor entre particulares.

    Como diligenciar el contrato de compraventa en vehículos

    La minuta de contrato de compraventa te facilita la labor en un 70% del documento. Este modelo de escrito, cumple con normas legales para hacer la negociación clara y efectiva, la minuta reemplaza el contrato de compraventa minerva, además el formato es simple de hacer en poco tiempo. Antes de firmar el contrato debe incluir los datos claros e identificación de comprador y vendedor de vehículo.

    Puede ser interesante: Modelo de contrato de compraventa de vehículo en Word.


    Ejemplo de escrito de un contrato de compraventa de vehículo automotor con reserva de dominio

    Entre los suscritos a saber: ………., mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía Nº. ………. de ………., domiciliado y residente en ………., quien para efectos del presente contrato se denominará el VENDEDOR y ………., también mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía Nº. ………. de ………., domiciliado y residente en ………., quien para los efectos del presente contrato se denominará el COMPRADOR, hemos acordado celebrar un contrato de compraventa que se regirá por las normas legales aplicables a la materia y en especial por las siguientes cláusulas:

    Primera: Objeto del contrato.

    El VENDEDOR se compromete a transferir al COMPRADOR la propiedad del vehículo automotor que a continuación se describe: Clase: ………., Marca ………., Modelo ………., Tipo: ………., Color: ………., Placas: ………., Motor número ………., Serie ………., Capacidad: ………., Servicio: ………., Matriculado en: ………., con sus accesorios correspondientes y en perfecto buen estado de funcionamiento, a entera satisfacción del COMPRADOR como este lo declara expresamente.

    Segunta: Precio del automotor

    Como precio del vehículo automotor antes descrito, las partes han acordado la suma de ………. ($…..) moneda legal, que el COMPRADOR se obliga a pagar al VENDEDOR de la siguiente manera: A la firma del presente documento la cantidad de ………. El saldo esto es la suma de ………. ($…..) m/cte. más la suma de: ………. por concepto de la financiación del crédito sobre el vehículo dando así una deuda total del COMPRADOR de ………. ($…..) m/cte., pagaderos en ….. (…..) cuotas mensuales cada una por un valor de $ ………. con vencimientos mensuales sucesivos contados desde el día ….. del mes de ………. del año ….. y hasta el día ………. del mes de ………. de ……(año).

    Tercera: Forma de Pagos

    El pago de cada cuota, o su abono, entrará irrevocablemente al patrimonio del VENDEDOR y la falta de pago de cualquier cuota una vez el plazo este vencido, se tomará como cláusula aceleratoria (2) es decir, se podrá cobrar la totalidad de la deuda al COMPRADOR y dará derecho al VENDEDOR para cobrar intereses por mora, a razón del ………. (…%) mensual sin perjuicio de las acciones legales que en su favor se originen por el incumplimiento del COMPRADOR.

    Cuarta: Reserva de dominio

    El VENDEDOR vende el objeto determinado en la cláusula primera, reservándose el dominio sobre el mismo hasta tanto no le sea pagada por el comprador la totalidad del precio pactado de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 750 del Código Civil, y demás normas concordantes. La tradición del objeto queda subordinada a la condición suspensiva del pago total del precio pactado y, entre tanto, el comprador no será poseedor sino mero tenedor del vehículo, a la orden del vendedor y a título de depositario gratuito.

    Quinta: Incumplimiento de la compraventa

    Las partes contratantes convienen en que el incumplimiento en el pago de una o varias de las cuotas mensuales estipuladas, o de cualquiera de las obligaciones que por este documento adquiere el COMPRADOR, dará derecho opcional al VENDEDOR o a quien legalmente sus derechos represente, a dar por resuelto el presente contrato, o demandar judicialmente su resolución, todo de conformidad con las disposiciones pertinentes de los códigos Civil y de Procedimiento Civil, y sin que, en tal evento el vendedor quede obligado a devolver al comprador las sumas que este haya pagado como parte del precio, las cuales quedarán del vendedor por concepto de indemnización de perjuicios, que desde ahora se pacta. Así mismo queda a elección del vendedor proceder en la forma indicada anteriormente, o demandar las obligaciones del comprador por la vía ejecutiva, en cuyo caso será título de recaudo suficiente este instrumento.

    Sexto: Recibo del automotor (moto o carro)

    El comprador declara en su condición de depositario gratuito que ha recibido el objeto a su satisfacción, ensayado y revisado técnicamente, con las herramientas de que da cuenta el catálogo y se obliga a hacerle por su cuenta las reparaciones necesarias, sin derecho a reembolso.

    Séptima: Riesgos

    Si por hurto, incendio, accidente o por cualquiera otra causa disminuyere o se perdiere el valor comercial del vehículo, el comprador no quedará eximido de pagar el precio completo, pues todos los riesgos son de su cargo y responderá de toda clase de culpa y de todo caso fortuito. Tampoco podrá el comprador pedir ni alegar remuneración por el depósito ni oponerse a la entrega del vehículo, alegando mejoras, adiciones, reparaciones que le haya hecho, pues todas pertenecen al vendedor mientras no le haya sido cancelado el precio total, intereses, gastos y multas, si a éstas hubiere lugar.

    Octava: Persecución por terceros

    Si el vehículo fuere perseguido por terceros, antes de pagarse totalmente el precio, el COMPRADOR estará obligado a comunicar inmediatamente el caso al vendedor.

    Novena: Limitaciones

    Como depositario gratuito, el COMPRADOR no podrá transferir el vehículo, ni venderlo, gravarlo u otro acto de disposición distinto al uso ordinario mientras no haya pagado todo el precio, so pena de hacerse responsable de las acciones penales, por abuso de confianza sin perjuicio de las civiles a que haya lugar.

    Décima. Cesión del automotor (moto o carro)

    El comprador acepta que, sin necesidad de notificación previa, el vendedor pueda ceder los derechos que para él se derivan de este contrato, pero el comprador no podrá hacerlo respecto a los suyos, sin la aceptación expresa del vendedor. Lo que en este contrato, se dice del vendedor, se entiende estipulado para sus cesionarios y endosatarios de este instrumento.

    Décima: Gastos derivados del contrato de compraventa de vehículo automotor

    Los gastos de matrícula, licencia de circulación, placas, impuestos y los demás inherentes al funcionamiento y movilización del vehículo, serán de cargo del comprador. El comprador será el único responsable de las infracciones de policía o tránsito, y de los daños que causare con el vehículo a terceros por culpa, negligencia o dolo en el uso o manejo del bien vendido.

    Décima segunda: Seguro

    Queda también obligado el COMPRADOR a asegurar el automóvil vendido hasta por la suma fijada como su precio y la póliza respectiva deberá endosarla al vendedor quien la reendosará al comprador, una vez que éste hubiere hecho el pago total del precio. DÉCIMO TERCERA. Modificaciones. No serán válidas modificaciones a este contrato ni prórrogas en el pago de las cuotas si no constan por escrito que suscriban las partes.

    Décimo cuarta. Fianza

    El COMPRADOR con el fin de garantizar sus obligaciones, manifiesta que da como fiador a (3) ………. colombiano mayor de edad, identificado con la C.C. Nº. ………. expedida en ………., quien respalda el cumplimiento de esta obligación con el bien inmueble (o muebles) que se describe a continuación: ………. El fiador en prueba de que acepta el presente contrato, firma el presente a los ….. días del mes de ….. del año ….. (…..).

    Vendedor:

    Comprador:

    Fiador:

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