Las costas están integradas por la totalidad de las expensas y gastos sufragados durante el curso del proceso y por las agencias en derecho.
Las costas serán tasadas y liquidadas con criterios objetivos y verificables en el expediente, de conformidad con lo señalado en los artículos siguientes.
EXPENSAS.
Aparte del Art 361 Código General del Proceso de Colombia, Continue con los siguientes artículos: