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Constitución Política de Colombia Artículo 275.

    El Procurador General de la Nación es el supremo director del Ministerio Público.
    Gacetas Asamblea Constituyente de 1991: 5, 20, 23, 24, 25, 26A, 29, 30, 33, 37, 38, 59, 66, 69, 88 y 91

     

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