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Constitución Política de Colombia Artículo 24.

    Todo colombiano, con las limitaciones que establezca la ley, tiene derecho a circular libremente por el territorio nacional, a entrar y salir de él, y a permanecer y residenciarse en Colombia.
    Gacetas Asamblea Constituyente de 1991: 5, 24, 31 y 51

     

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