Código General del Proceso Artículo 340. Concesión del recurso
Reunidos los requisitos legales, el magistrado sustanciador, por auto que no admite recurso, ordenará el envío del expediente a la Corte una vez ejecutoriado el auto que lo otorgue y expedidas las copias necesarias para… Leer más »Código General del Proceso Artículo 340. Concesión del recurso